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Preguntas frecuentes

En esta sección encontrará respuestas a algunas de las preguntas más habituales de quienes desean obtener la residencia en Andorra.

La residencia pasiva no permite trabajar en Andorra y requiere realizar una inversión en el país. El requisito mínimo de permanencia es de 90 días al año. La residencia activa está vinculada al desarrollo de una actividad profesional o empresarial en Andorra, normalmente a través de una sociedad andorrana, y requiere una residencia efectiva en el país de al menos 183 días al año. La modalidad más adecuada depende de las fuentes de ingresos, los planes de permanencia en el país y los objetivos de planificación fiscal.

Andorra ofrece un sistema bancario fiable, una economía sólida y estabilidad política. Un modelo fiscal moderado y un alto nivel de seguridad personal crean un entorno cómodo para vivir y hacer negocios.

El coste de obtener un permiso de residencia depende del tipo de residencia, la composición familiar y las circunstancias particulares del solicitante. El proceso puede incluir tasas administrativas, depósitos obligatorios, seguros y otros gastos asociados. El coste total se determina tras analizar cada situación de forma individual en el marco de una consulta.

Los plazos dependen del tipo de residencia, de la preparación de la documentación y de la carga de trabajo de las autoridades competentes. El proceso está sujeto a varios plazos establecidos. En el caso de la residencia activa, se dispone de 6 meses desde la reserva de la cuota para constituir la sociedad y presentar la documentación. En un plazo de tres meses desde la fecha de registro de entrada de la solicitud de autorización de inmigración, debe acreditarse la inscripción de la actividad comercial de la sociedad en Andorra y su ejercicio efectivo. En el caso de la residencia pasiva, la inversión debe completarse en un plazo de 6 meses y el registro de residencia debe realizarse en un plazo de 3 meses. Elaboramos un calendario individualizado una vez realizada la evaluación inicial del caso.

No ofrecemos garantías, ya que la decisión final corresponde exclusivamente a las autoridades competentes de Andorra. Nuestro objetivo es garantizar una correcta gestión del procedimiento, preparar la documentación de forma adecuada y asegurar el cumplimiento de todos los requisitos establecidos, reduciendo así los riesgos de una resolución desfavorable.

Los requisitos de permanencia dependen del tipo de residencia: 90 días al año para la residencia pasiva y 183 días para la residencia activa. Una permanencia superior a 183 días al año determina, con carácter general, la condición de residente fiscal en Andorra y conlleva la obligación de presentar aquí la correspondiente declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas.